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SERVICIOS

VISAS DE RESIDENCIA PERMANENTE:

Residente permanente por leyes especiales

PAÍSES AMIGOS

RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE EXTRANJEROS NACIONALES DE PAÍSES ESPECÍFICOS QUE MANTIENEN RELACIONES AMISTOSAS, PROFESIONALES, ECONÓMICAS DE INVERSIÓN CON LA REPÚBLICA DE PANAMÁ

Este Permiso de residencia se otorga a los nacionales de ciertos países, en virtud de los acuerdos de amistad y colaboración que ha suscrito la República de Panamá con dichos países. Actualmente esa lista consta de 50 países, de acuerdo al Decreto Ejecutivo No. 1174 de 28 de noviembre de 2013. A esta visa puede aplicar el extranjero y con él, sus dependientes (cónyuge, hijos menores de 25 años y padres). Esta visa otorga un permiso de residencia permanente con derecho a naturalización en el futuro. Los tiempos para la naturalización dependen de la nacionalidad del solicitante.

CONVENIO ITALIA -PANAMÁ:

PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE POR LEYES ESPECIALES TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LA REPÚBLICA DE ITALIA

El “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre la República de Panamá y la República Italiana”, fue firmado en 1966 y ratificado por la ley 15 con la finalidad de que los ciudadanos italianos gocen en el territorio de Panamá de un tratamiento como “residentes”.  Así, cualquier persona con nacionalidad italiana, pueden aplicar a esta visa y ser residentes de por vida en la República de Panamá. 

PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE EN CALIDAD DE EXTRANJERO PROFESIONAL

Para aplicar a este permiso, el extranjero profesional debe poseer un título de Licenciatura, Maestría o Doctorado (en carreras cuyo ejercicio no sea limitado a los nacionales panameños). Esta visa otorga en primera instancia residencia por un período de 2 años y permite luego la solicitud de residencia permanente. Es una visa con permiso de trabajo y se puede incluir a sus dependientes (Cónyuge, hijos y padres) en el trámite. Al aplicar a esta visa, los solicitantes obtendrán una visa profesional por 2 años y vencido ese plazo podrán optar a la residencia permanente con derecho a cédula E.  Si el título ha sido otorgado por una universidad extranjera debe primero debe ser homologado ante la Universidad Nacional de Panamá o la Universidad Tecnológica de Panamá.

Residentes permanentes por razones laborales:

PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE PERSONAL EXTRANJERO CONTRATADO POR EMPRESAS PRIVADAS DENTRO DEL 10% DEL PERSONAL ORDINARIO.

Este Permiso de Residencia permite a los extranjeros de todas las nacionalidades, que tengan una oferta de trabajo emitida por una empresa privada, que cuente con al menos 10 trabajadores panameños por cada extranjero que desea contratar, solicitar primero su residencia provisional por 2 años y luego su residencia permanente en el país. El salario mínimo deberá ser de USD 850.00 mensuales para aplicar a este Permiso de Residencia.
En el caso de que el solicitante pruebe que ha adquirido una propiedad a título personal en el territorio nacional por una suma superior a los cien mil balboas (B/.100,000.00), la pensión podrá ser por un mínimo de setecientos cincuenta balboas (B/.750.00).

PERMISOS DE RESIDENCIA POR LAZOS FAMILIARES O REAGRUPACIÓN FAMILIAR

 

Las Residencias basadas en los lazos familiares o por Reagrupación familiar, tienen se fundamentan en la solicitud que hace un ciudadano panameño o un Residente Temporal o Permanente para que su familia inmediata: Cónyuge, hijos solteros hasta los 25 años y padres, obtengan un permiso de residencia en la República de Panamá. Los familiares son catalogados bajo el termino de dependientes del Solicitante ante el Servicio Nacional de Migración.

Estos permisos se otorgan teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

  • No todas las visas temporales permiten incluir al grupo familiar. Por Ejemplo: La visa por motivos de educación (estudiantes) no permite dependientes. (Consúltenos si tiene dudas al respecto)
  • La inclusión del grupo familiar puede realizarse en la solicitud inicial bajo la condición de dependientes o puede realizarse posterior a cuando se ha obtenido la residencia mediante un proceso de Reagrupación Familiar.
  • Todos los ciudadanos panameños y residentes permanentes pueden pedir incluir en su petición a sus familiares inmediatos.

 

  • La inclusión de los hijos en principio está permitida hasta los 18 años, se extenderá hasta los 25 años siempre que sean solteros y estén estudiando en la República de Panamá.

 

 

REAGRUPACIÓN DE RESIDENTES TEMPORALES.

La regla general es que todos los permisos de residencia temporal permiten la reagrupación salvo aquellos que expresamente lo han limitado.

 

REAGRUPACIÓN FAMILIAR DE EXTRANJEROS CON HIJOS PANAMEÑOS.

Este permiso solo se puede solicitar cuando el niño ha cumplido los 5 años de edad.
En arholegal le podemos ayudar con la renovación de su permiso de trabajo.
Los siguientes Permisos de Trabajo son otorgados por un (1) año, prorrogables por el mismo tiempo: Trabajador de Confianza en Empresas que Surten sus Efectos en el Exterior, Ejecutivo de la Zona Libre de Colón, Empresas afiliadas a la Ciudad del Saber, Personal Diplomático, Acuerdo Marrakech, Con Cónyuge de Nacionalidad Panameña en virtud de Patria Potestad.
Les explicamos a continuación, particularidades para la renovación de algunos de los distintos tipos de permisos de trabajo para su renovación: (si el permiso de trabajo que desea renovar no aparece aquí, consúltenos)
Permiso de trabajo temporales, se otorgan por un máximo de tres meses prorrogables hasta un año:
Extranjeros Profesionales, se otorga dos (2) años y se renueva por tres (3) años prorrogables por el mismo término. Para la prórroga se debe adicionar: constancia del pago de nueve (9) cuotas del Seguro Social (se presenta la ficha del Seguro Social) o declaración de renta con su respectivo paz y salvo emitido por la Dirección General de Ingresos.
Residente Permanente por Países amigos: se otorga inicialmente por tres (3) años, prorrogables por el mismo término. Para la prórroga se debe incluir: constancia del pago de nueve (9) cuotas del Seguro Social (se presenta la ficha del Seguro Social) o declaración de renta con su respectivo paz y salvo emitido por la Dirección General de Ingresos.
Permiso de trabajo Cónyuge de Nacionalidad Panameña: se otorga por el término de dos (2) años la primera vez y se renueva por el término de tres (3) años prorrogable por el mismo término.
Permiso de trabajo Dentro del diez por ciento del personal ordinario y Experto o Técnico dentro del 15% del personal especializado, se otorga por el término de dos (2) años prorrogables por el mismo período.
Permiso de trabajo Por razones humanitarias (antiguo Crisol de Razas), se otorga por el término de dos (2) años prorrogables por el mismo término. Para solicitar la prórroga, deberá adicionar prueba de afiliación a la Caja de Seguro Social, comprobante del pago de nueve cuotas consecutivas a la Caja de Seguro Social o Paz y Salvo emitido por la Dirección General de Ingresos adjunto a la declaración de renta.

LISTA DE PAÍSES AMIGOS:

 

  • Alemania
  • Andorra
  • Argentina
  • Australia
  • Austria
  • Bélgica
  • Brasil
  • Canadá
  • Chile
  • Costa Rica
  • Croacia
  • Chipre
  • Dinamarca
  • EE.UU.
  • Eslovaquia
  • España
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Gran Bretaña
  • Grecia
  • Holanda
  • Hong Kong
  • Hungría
  • Irlanda
  • Israel
  • Japón
  • Letonia
  • Lituania
  • Liechtenstein
  • Luxemburgo
  • Malta
  • México
  • Monte negro
  • Mónaco
  • Noruega
  • Nueva Zelanda
  • Paraguay
  • Polonia
  • Portugal
  • República de Corea
  • República Checa
  • San Marino
  • Serbia
  • Singapur
  • Sudáfrica
  • Suiza
  • Suecia
  • Taiwán
  • Uruguay

PERMISO DE RESIDENCIA JUBILADO PENSIONADO:

 

Este permiso podrá ser solicitado por el extranjero que reciba jubilación o pensión por parte de gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada, que ingresen al territorio nacional para radicarse en él y cuente con suficientes medios económicos para sufragar todos sus gastos de subsistencia y los de sus dependientes en el país. La renta o pensión mensual no podrá ser inferior a mil balboas (B/.1,000.00) y debe estar concedida en forma vitalicia.
En el caso de que el solicitante pruebe que ha adquirido una propiedad a título personal en el territorio nacional por una suma superior a los cien mil balboas (B/.100,000.00), la pensión podrá ser por un mínimo de setecientos cincuenta balboas (B/.750.00).

Residente Temporal por razones laborales:

EXTRANJERO CONTRATADO POR EMPRESAS EN VIRTUD DEL ACUERDO DE MARRAKECH.

El Permiso de Residencia bajo el Tratado Marrakech permite obtener una residencia temporal por un año, renovable hasta un máximo de 5 años. El tratado Marrakech, creado por La Organización Mundial del Comercio (World Trade Organization), permite que se le otorgue una visa temporal de residente que sólo está disponible para empresas que tengan un número de trabajadores nacionales de entre 3 a 10 empleados ganando por lo menos el salario mínimo. Sólo un extranjero es permitido, a quien se le debe pagar un mínimo de $1,000 al mes. A este Permiso de Residencia puede aplicar el extranjero y con él, sus dependientes (esposa(o), hijos (menores de 25 años).

NATURALIZACIÓN

 

El trámite de Naturalización por medio del cual se obtiene la Ciudadanía panameña, está regulado por la Constitución de la República de Panamá en su artículo 10.

  • La Constitución establece que pueden solicitar la nacionalidad panameña por naturalización:

  • Los extranjeros con tres años consecutivos de residencia en el territorio de la República que tengan hijos nacidos en ésta, de padre o madre panameños o cónyuge de nacionalidad panameña.

  • Los nacionales por nacimiento, de España o de un Estado latinoamericano, si llenan los mismos requisitos que en su país de origen se exigen a los panameños para naturalizarse.

Para este último caso (numeral 3), por vía de reciprocidad los tiempos a los cuales puede aplicar luego de haber obtenido su residencia permanente son diferentes según la nacionalidad del solicitante, de la siguiente forma:

1 año: Colombia, El Salvador

2 años: Argentina, Ecuador, España, Honduras, México, Nicaragua, Perú

3 años: Uruguay

 

REAGRUPACIÓN DE RESIDENTES PERMANENTES.

Todos los residentes permanentes con cédula E- pueden hacer la petición de reagrupación familiar.

 

REAGRUPACIÓN FAMILIAR CASADO CON PANAMEÑO(A)

La Solicitud está basada en el matrimonio celebrado entre un Nacional y un extranjero.

 

ASESORÍA EN TRANSACCIONES INMOBILIARIAS:

Redacción y revisión de contratos de promesa de compraventa, minutas de compraventa, investigaciones ante el Registro Público de Panamá y ANATI, Escrituras de compraventa, representación de clientes ante empresas inmobiliarias y negociación en los procesos de compraventa inmobiliaria.
Le brindamos asesoría completa para sus trámites de bienes raíces si desea vender o comprar un inmueble. Trabajamos con las mejores empresas inmobiliarias del país.

 

REGISTRO DE MARCAS:

Le ayudamos con la investigación de disponibilidad hasta la solicitud de su registro de marcaLe brindamos asesoría completa para sus trámites de bienes raíces si desea vender o comprar un inmueble. Trabajamos con las mejores empresas inmobiliarias del país.

Aritzel R. Ho Julio

Abogada panameña, egresada de la Universidad Católica Santa María La Antigua e idónea para el ejercicio del Derecho por la Corte Suprema de Justicia de Panamá desde 1998. Miembro del Colegio Nacional de Abogados.

Es Magíster en Comercio y Logística Internacional y obtuvo Post Grado en Alta Gerencia por la Universidad Latina de Panamá.

Especialista en Gestión de Calidad en Atención al Cliente por la Universidad Latina de Panamá.

Profesional con diversa educación, excelentes habilidades de la comunicación y sólida ética profesional. Amplia experiencia en asesoría legal a empresas y particulares.

Ha laborando para empresas multinacionales en puestos de Gerencia de Centros de Contacto y Cobros Internacionales, guiando procesos de contratación, separación, entrenamiento y desarrollo de equipos de trabajo.

Su objetivo es siempre brindar un servicio al cliente de calidad y atención personalizada.

Cuando no está asesorando a sus clientes, le gusta ir a la playa, practicar “stand up paddle”, senderismo y meditación. Es ávida lectora.

Bilingüe: español e inglés.

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